Las demandas laborales deben presentarse delante los Juzgados de la jurisdicción laboral competentes para el enjuicamiento la materia sobre la que hallarse la acción ejercitada por el demandante.El acto de concilliación judicial previo al pleito se celebrará en presencia de el LAJ y el litigio en presencia de el árbitro o Magistrado.El Derecho